El proyecto de Ley de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, actualmente en trámite de aprobación, introduce el nuevo concepto INFORME DE
EVALUACIÓN, que recogería en un solo informe el concepto de ITE y el de CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA Y ACCESIBILIDAD:
En edificios existentes con tipología residencial colectiva, se establece el Informe de Evaluación que “identificará el bien inmueble, incluida su referencia catastral y
contendrá, de manera detallada:
- La evaluación del estado de conservación del edificio.
- La evaluación las condiciones básicas de accesibilidad, estableciendo si el edificio es susceptible o no de realizar ajustes razonables para
satisfacerlas.
- La certificación de la eficiencia energética del edificio, con el contenido y mediante el procedimiento establecido para la misma por la normativa vigente y con
independencia de su venta o alquiler, en todo o en parte.
(ARTÍCULO 5 (página 15 del documento del Anteproyecto de Ley), DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA (página 27 del documento del Anteproyecto de Ley, ARTÍCULO 7 (página 16 del
documento del Anteproyecto de Ley)